El Senado saldó una deuda de 15 años con la niñez y la adolescencia: aprobó la designación de Marisa Graham, Juan Facundo Hernández y Fabián Repetto como Defensora del Niño y adjuntos. Estos cargo, creados por la Ley 26.061 en 2005, estuvieron vacantes desde su creación hasta ahora, cuando culminó un proceso de concurso iniciado en 2019 que condujo a la selección de tres perfiles altamente capacitados para velar por los intereses y derechos de los niños, niñas y adolescentes.
La designación sucede en un momento crítico para la niñez y la adolescencia en Argentina. Más del 50% de esta población vive en hogares pobres según datos oficiales. Un estudio de CIPPEC, CEDLAS y PNUD señaló que casi 6 de cada 10 personas que padecen pobreza crónica, es decir su probabilidad de salir de la pobreza incluso en períodos de crecimiento económico, tienen menos de 15 años. Los ingresos insuficientes para adquirir una canasta básica de bienes y servicios es una de varias de las dimensiones de esta vulneración. Los más jóvenes también enfrentan déficits en el acceso y la calidad educativos, en el bienestar nutricional, en el ejercicio de derechos sexuales y reproductivos y en el acceso al hábitat.
En este escenario, el tan demorado nombramiento es un primer paso para la garantía de los derechos vulnerados de la niñez y la adolescencia. Sin embargo, es uno de muchos que falta recorrer en el camino de la protección y promoción integral de niños, niñas y adolescentes. Además de ejercer las funciones definidas por la Ley 26.061, la Defensora y sus adjuntos tendrán que enfrentar los desafíos propios de los pioneros: sedimentar las bases de una institución, la Defensoría, clave para el bienestar de los niños y adolescentes. Para poder cumplimentar con esa misión, necesitarán de tres recursos fundamentales.
En primer lugar, una dotación presupuestaria suficiente e independiente de los vaivenes de la economía argentina. Es primordial que la Defensoría cuente con los recursos materiales y humanos adecuados para poder supervisar el diseño y la ejecución de políticas destinadas a la niñez y la adolescencia, generar informes, incidir sobre los actores de los poderes ejecutivos y legislativos e informar a la ciudadanía acerca de los avances en el cumplimiento de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que en Argentina goza de jerarquía constitucional.
En segundo lugar, el éxito de las actividades de la Defensora y sus adjuntos estará condicionado por la predisposición del Poder Ejecutivo Nacional de compartir información acerca de la ejecución y los resultados de las políticas públicas conducentes a proteger y promover los derechos de la niñez y la adolescencia. El acceso a la información privilegiado será un pilar crítico en la construcción de un plan de acción concreto por parte de la Defensoría.
Finalmente, las funciones desempeñadas se verán condicionadas por la construcción y el uso de redes de colaboración con las partes interesadas en la defensa de los derechos de la niñez y la adolescencia. Estas incluyen a las organizaciones de la sociedad civil, a los organismos multilaterales, al sector privado, a los organismos públicos y a los niños y adolescentes. Solo a través del diseño y puesta en marcha de mecanismos de participación efectivos se podrá avanzar en la consolidación de un Sistema Integral de Protección, espíritu de la Ley 26.061 de Protección Integral.
Hoy es un día de festejo para los desginados. Pero a este le sucederán días de intenso trabajo colaborativo. La situación de los niños, niñas y niñas así lo requiere.