La Ley de Paridad es clave para equilibrar el acceso a cargos representativos pero también lo es el rol de la autoridad de aplicación

Desde la organización independiente de producción de políticas públicas CIPECC destacan que, desde el debut de la Ley de Paridad bonaerense, en las elecciones de 2017 aumentó el acceso de las mujeres a bancas en la Legislatura provincial y los concejos deliberantes. En la Legislatura provincial, la participación de las mujeres pasó del 25 al 30% en ambas cámaras. En los concejos deliberantes, el porcentaje promedio de concejalas, que era del 33 por ciento, pasó a ser del 40 por ciento.

Aunque, a pesar de estos avances, según advierte un documento de CIPPEC, el futuro de la paridad es incierto: una decisión administrativa de la Junta Electoral, la Resolución Técnica 114, “pone en peligro la efectividad de la norma en las próximas elecciones”.

La Ley bonaerense 14.848, sancionada en octubre de 2016, exige que las listas de candidatos a senadores, diputados provinciales, concejales y consejeros escolares incluyan un 50% de personas de cada género en forma alternada y secuencial. Según la norma, solo las listas que cumplen estos requisitos pueden participar de la elección.

El estudio de CIPPEC muestra que, en las primarias, la gran mayoría de las listas presentadas respetó la Ley de Paridad y las que no lo hicieron fueron corregidas por la Junta Electoral. Sin embargo, luego de las primarias, la Resolución Técnica 114 dictada por la Junta Electoral abrió una válvula de escape: eximió a las agrupaciones con competencia interna en las primarias de cumplir con la alternancia y secuencialidad en las listas para la elección general.

“La Ley de Paridad es una herramienta fundamental para conseguir un mayor equilibrio de género en el acceso a los cargos de representación política”, enfatiza María Page, investigadora del programa de Instituciones Políticas de CIPPEC y coautora del documento.

“Las normas de paridad no tienen un efecto lineal porque las dirigencias de los partidos las resisten y porque su eficacia está condicionada por el marco institucional, político y social”, enfatiza Page. Por eso, el rol de la autoridad de aplicación es crucial. “En 2017 el margen de maniobra abierto por la RT 114 fue poco explotado por los partidos y, por eso, el efecto sobre la representación de mujeres en la provincia de Buenos Aires fue positivo”, describe. “Si el resultado del año pasado se sostiene, la Ley de Paridad contribuiría a saldar una deuda histórica de la provincia de Buenos Aires con los derechos políticos de las mujeres”, agrega y considera que “frente a la RT 114 hay que tomar medidas específicas para que la paridad se cumpla sin excepciones”.

En este sentido, CIPPEC recomienda principalmente reglamentar la Ley 14.848, para que se aplique sin excepciones, automatizar la inscripción de las candidaturas para controlar el cumplimiento de los requisitos de los candidatos y las listas y monitorear, sistematizar y difundir información sobre la participación política de las mujeres en la provincia de Buenos Aires y en los municipios.

Autor


María Page

Investigadora asociada de Estado y Gobierno

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