El régimen de licencias argentino está pensado para un esquema familiar nuclear, que es minoritario: papá, mamá e hijos

Malena Díaz Reck pidió una licencia de maternidad y no se la dieron. En cambio, le quieren otorgar una por paternidad, por ser la madre no gestante. Su caso, que no es el único, plantea lo que ocurre con el régimen de licencias en Argentina: no se adapta a los diversos formatos de familia, según indicaron especialistas.

En esto coinciden también legisladores que buscan modificar las leyes de cada provincia. Tres parejas en Río Negro, Buenos Aires y CABA presentaron la problemática, lo que amplió el debate sobre las licencias.

“El régimen de licencias está pensado para un esquema de familia nuclear -papá, mamá, hijos- que hoy es minoritario. En nuestro país hay una mayoría de familias monoparentales, ensambladas, homoparentales, cuyas necesidades no se ven satisfechas por el esquema de licencias de la mayoría de los regímenes”, explicó a LA NACION Gala Díaz Langou, del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC).

En el país, las licencias están reguladas de diferente manera en empleos privados y públicos. Para los privados rige la Ley de Contrato de Trabajo que plantea una base de derechos mínimos para todos. Establece 90 días de licencia por maternidad y 2 de licencia por paternidad. Pero a su vez cada actividad puede tener su convenio colectivo de trabajo que modifique esas cantidades.

Luego existe la ley 25.164 que regula el empleo en la Administración Pública Nacional, que dispone una licencia de 100 días para la madre y de 5 días hábiles para el padre. Esto hace que las licencias sean distintas por rubro, por provincia y si se trata de trabajadores estatales o privados.

Congreso

El ministerio de Trabajo de Nación envió en marzo de este año un proyecto al Congreso en el que busca modificar el artículo 158 de la Ley de Contrato de Trabajo, ampliando e incorporando licencias. En caso de aprobarse, las licencias para personas no gestantes serían de 15 días corridos. La clave está en el lenguaje que utiliza: “Estos plazos aplicarán tanto para el trabajador como para la trabajadora que no haya gestado al hijo. En el caso de la madre gestante, se aplicarán los plazos y restricciones establecidos en el artículo 177”. Se habla de trabajador o trabajadora, y de madre gestante.

Según indica el trabajo de Gala Díaz Lagou y José Fiorito, titulado ¿Cómo promover un cambio en el régimen de licencias por maternidad, paternidad y familiares? Lecciones aprendidas del análisis de casos provinciales , “considerando el universo de los trabajadores formales, la mayor parte de los regímenes, heterogéneos de por sí, están por debajo de las recomendaciones internacionales en términos de duración”.

Por eso, los casos de las tres parejas de mujeres en Río Negro, Buenos Aires y CABA tuvieron que intentar resolverlo de maneras distintas.

Malena Díaz Reck, trabajadora de ARBA en La Plata, provincia de Buenos Aires, a quien le querían dar licencia por paternidad por ser la madre no gestante del bebé de su pareja, se sintió discriminada. Lo mismo le pasó a Lorena Jerez en la provincia de Río Negro. Ellas no se conocían, pero sus parejas quedaron embarazada y ellas, trabajando en el Estado, pidieron la licencia por maternidad que en un principio les fue denegada.

“Hay una contradicción entre lo que me dicen y lo que dice la ley. Me dicen que yo soy no gestante, por lo tanto no me corresponde la de maternidad. Pero en la ley, en el artículo de licencias por adopción sí dan los 3 meses de licencia. Ahí sería una contradicción porque la persona que adopta no es gestante”, explicó Malena a LA NACION.

La salida, ante el vacío legal, que encontraron las respectivas administraciones fue otorgarles la licencia de varón. Lorena Jerez, en Río Negro, logró que le dieran licencia por maternidad a través de la intervención del Ministerio de Educación provincial, ya que ella ejerce como docente. Malena sigue esperando una respuesta positiva por parte de ARBA, aunque ya inició una medida cautelar autosatisfactiva en la justicia para exigir la licencia por maternidad.

La búsqueda es que el lenguaje de los proyectos de ley cambie, y ya no se hable de licencias por paternidad o maternidad, sino de personas gestantes o no gestantes, sin hacer distinción de género.
Proyectos de ley en el país

Existen algunos proyectos de ley que buscan adaptarse a los diversos formatos de familia o extender las licencias para que la responsabilidad por los cuidados sea más equitativa. Hay algunos ya aprobados en CABA y Tierra del Fuego . En Santa Fe, Córdoba y Buenos Aires aún se están analizando en las legislaturas provinciales.

El proyecto de Tierra del Fuego sancionó, en 2012, el Régimen de Licencia Prenatal y por Maternidad, Ley 911. Esta fue la primera provincia en hacer un cambio que incluye licencia familiar y está muy cerca de equiparar la cantidad de días para la pareja. El régimen establece que los 180 días post parto pueden ser transferidos o compartidos con el cónyuge, conviviente o progenitor. Sin embargo, en ese caso no se habla de gestante o no gestante, sino de maternidad o paternidad.

En los fundamentos se lee: “Por la lógica patriarcal que reinó en las últimas décadas, las leyes en el mundo que amparan la diferencia entre los días de licencia que les corresponden a padres y madres marcan un abismo”. Y luego agregan: “Los especialistas apuntan que, el hecho de que los padres tengan una licencia tan reducida, atenta contra la formación del vínculo desde el primer momento de vida y, a su vez, amplía las desigualdades laborales entre hombres y mujeres”.

En provincia de Buenos Aires, la diputada Maricel Etchecoin (Cambiemos) planteó la modificación a la ley 10.430 de trabajadores estatales y, en este caso, habla de “trabajadores/as que sean progenitor/as no gestantes que acrediten matrimonio, convivencia o unión civil con la persona gestante”. Aquí cambia el léxico pero la cantidad de días de licencia sigue siendo considerablemente menor al de la persona gestante: son apenas quince. Este proyecto aún está en análisis.

“Las legislaciones locales y subnacionales nos debemos amoldar a la legislación nacional, que ha adoptado en los últimos años nuevos conceptos y categorías relacionados en materia de identidad de género y de relaciones parentales”, advirtió a LA NACION la legisladora Etchecoin. Y agregó: “Lo central del proyecto, a mi entender, no se basa en un léxico, sino en poder poner a nuestros hijos en la centralidad”.

En el proyecto de ley 21.219 de Córdoba, aunque no se utilicen los términos gestante y no gestante, existe un apartado que habla de parejas del mismo sexo. “En el caso de parejas del mismo sexo, cuando ambos sean agentes de la administración pública, la mujer que da a luz gozará de la licencia por 180 días. Si ninguno de los dos dio a luz, solo uno de sus miembros podrá hacer uso de la licencia por 180 días y el otro tomará los 30 días”, indica el proyecto de la legisladora de un bloque unipersonal, Liliana Montero. Para ella, “regular el sistema de licencias universales implica dar un salto cualitativo en las políticas públicas destinadas a promover la equidad de género”.

El Fondo de Naciones Unidas por la Infancia (UNICEF), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) y el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC) presentaron ante el Congreso de la Nación un proyecto que impulsa un esquema universal de licencias que promueva la coparentalidad para que todos los padres y las madres compartan responsabilidades de cuidado.

A nivel nacional y en distintas provincias, diputados y senadores de distintas banderas políticas vienen presentando proyectos que van en el mismo sentido.

Licencias familiares

El otro concepto en debate es el de licencia familiar: consiste en una cantidad de días que puedan ser utilizados indistintamente por cada persona de la pareja. En algunos países donde ya se ha aplicado, la mayoría de los días se los toman las mujeres. “Por el sesgo maternalista que hay en nuestra cultura de asignar la responsabilidad del cuidado”, explicó Díaz Langou.

La propuesta de CIPPEC para Argentina es una mezcla entre los dos principios: que haya cantidad de días de licencia base para cada persona, y luego otros distribuibles. Ese es el modelo que siguió CABA en la última reforma que hizo: otorgó, para los trabajadores estatales, quince días de licencia más otros treinta durante el primer año del bebé que se puede tomar cuando lo desee. El objetivo era buscar que la responsabilidad por el cuidado del recién nacido sea compartida.

La mayoría de los países nórdicos tienen licencias equivalentes o cercanas a las equivalencias, y mucho con el esquema de licencia familiar. Suecia, de hecho, usa este mismo tipo de léxico.

Autor


Gala Díaz Langou

Directora Ejecutiva

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