Diciembre de 2014 - Zoom Nº4
  COYUNTURA 
 
El mercado laboral en los medios

En el último trimestre del año siguen presentes en los medios de comunicación principalmente las problemáticas del poder adquisitivo de los salarios y del nivel de empleo. Atado a la evolución del nivel de inflación, el primero fue parte de la agenda desde principios de año durante las paritarias de los diferentes sectores y luego con los reclamos por el bono de fin de año y por la actualización del impuesto a las ganancias. En este último aspecto finalmente el Gobierno Nacional accedió a eximir de este tributo al medio aguinaldo correspondiente a los salarios de hasta 35 mil pesos brutos. En cuanto al nivel de empleo, la preocupación por el deterioro de los indicadores del mercado laboral estuvo en aumento a lo largo del año, a medida que el deterioro de la actividad económica empezó a impactar de forma negativa en la generación de puestos de trabajo.

En paralelo, con la difusión de los últimos indicadores laborales otro tema se instaló en los medios de comunicación: la inquietud, cada vez mayor, por la calidad de las estadísticas oficiales del mercado de trabajo publicadas por el INDEC, con serios cuestionamientos a la validez de la información difundida. En particular, se llama la atención sobre la caída en la tasa de actividad en un contexto de disminución del nivel de empleo y de caída del poder adquisitivo de los salarios (lo que impulsaría a una mayor cantidad de miembros del hogar a buscar empleo). De este modo, estimaciones alternativas dan como resultado una tasa de desempleo que sería mayor a la publicada de manera oficial.
 
TEMA DE ANÁLISIS
 
Los trabajadores del sector del cuidado

La Recomendación 202 de la Conferencia Internacional del Trabajo sobre pisos de protección social incluye a los servicios sociales de cuidados para personas que los requieren, ya sea por su edad, incapacidad o estado de salud. Esta incorporación de los derechos de cuidado dentro del sistema de protección social implica una reformulación del rol del Estado de modo tal de generar el marco que permita tanto un acceso equitativo a los servicios de cuidado como una oferta de servicios de calidad.

En relación al mundo laboral, esta recomendación implica poner foco en las condiciones en las que los trabajadores de este sector desempeñan sus tareas. Caracterizado por la alta participación femenina, la provisión de estos servicios se encuentra comprendida por diferentes actividades, oficios y profesiones, entre las que se encuentran docentes del nivel inicial, trabajadoras de casas particulares, cuidadores domiciliarios y trabajadores del cuidado en organizaciones sociales y comunitarias. Esta multiplicidad de puestos de trabajo hacen de este sector un conjunto heterogéneo, en donde se encuentra tanto trabajo voluntario como remunerado, registrado y no registrado (principalmente en la esfera doméstica) y una gran amplitud de escalas salariales. Estos rasgos implican un desafío adicional en la agenda de reformas pendientes del sector.

Por otra parte, la capacidad del cuidado a nivel familiar se encuentra afectada por el poder adquisitivo, donde las familias de mayores ingresos pueden contratar los servicios en el mercado mientras que las de menores recursos deben recurrir a los cuidados por algún miembro del hogar, que usualmente debe salir o disminuir el tiempo dedicado al mercado laboral, perjudicando así aún más la posibilidad de generación de ingresos. Los servicios de cuidado pasan a formar parte entonces del trabajo no remunerado, y también son llevados a cabo en mayor medida por las mujeres. Según la “Encuesta sobre trabajo no remunerado y uso del tiempo” -llevada a cabo por el INDEC para el tercer trimestre de 2013- la tasa de participación en estas actividades es de 24,3% y el tiempo promedio dedicado es de 5,3 horas diarias, siendo estos indicadores mayores para las mujeres (31,1% y 6 horas diarias respectivamente).

 
Tasa de participación en actividades de cuidado de personas y tiempo promedio dedicado

 
Fuente: “Encuesta sobre trabajo no remunerado y uso del tiempo”, INDEC
ENTREVISTA  
Carina Lupica
Directora ejecutiva del Observatorio de la Maternidad y consultora de la OIT
Autora del Documento de Trabajo N° 5 de la OIT Argentina: “Recibir y brindar cuidados en condiciones de equidad: desafíos de la protección social y las políticas de empleo en Argentina”
 
¿Cuáles son los vínculos entre las políticas del cuidado y el mercado laboral?

El acto de cuidar se considera un trabajo porque implica tiempo, conocimientos, recursos y desgaste de energía y porque genera valor para quienes se benefician de él en forma directa y también para la sociedad. El trabajo del cuidado es realizado en distintos ámbitos y por personas diferentes. Puede ser desarrollado en la esfera doméstica, dentro de la propia familia, pero también incluye el trabajo que se ejerce en la esfera no doméstica, donde operan el Estado, las empresas y las organizaciones de la sociedad civil. Los roles y responsabilidades de los distintos actores intervinientes se superponen e interconectan en la compleja organización social de los cuidados.
En la actualidad, los modos tradicionales de atender las necesidades de cuidado están en crisis como producto del mayor número de personas que los requieren y, al mismo tiempo, debido a la menor proporción de personas en condiciones de proveerlos, ante la creciente incorporación de las mujeres en el mercado de trabajo.
Siguiendo las recomendaciones de la OIT, se propone incorporar a los cuidados en los sistema de protección social, lo que significa garantizar al conjunto de la población regulaciones y permisos laborales para que quienes trabajan de forma remunerada puedan cuidar a sus familias, transferencias monetarias para ayudar económicamente a las familias de las personas que requieren cuidados y servicios de atención directa de los cuidados.
La ampliación y creación de nuevos servicios de cuidado representan una oportunidad importante para formalizar empleos ya existentes y para generar nuevos puestos de trabajo, ya que se trata de tareas intensivas en mano de obra. En ese sentido, el Estado debe adoptar una actitud activa en relación con la protección y promoción de las condiciones de trabajo de quienes se desempeñan en la amplia gama de los cuidados. Se trata de revalorizar el rol de los trabajadores del cuidado, fomentar condiciones de trabajo decente, impulsar formas de trabajo que sean profesionales y estén dignamente retribuidas, lo que representa, además, una forma de incentivar la calidad de los cuidados que reciben las personas que los requieren o demandan.

¿Qué particularidades presenta el empleo en el sector del cuidado?

Los trabajadores del cuidado son personas cuya ocupación conlleva la prestación de un servicio de contacto personal que mejora las capacidades humanas de quienes lo reciben. Es decir que son aquellos trabajadores que desempeñan actividades que contribuyen a la salud, la seguridad física, el desarrollo de habilidades cognitivas, físicas o emocionales de las personas, interactuando directamente con los receptores del servicio.
Las mujeres están sobrerrepresentadas en los oficios y profesiones que implican el cuidado de terceros. La persistencia de la creencia de que ellas están mejor dotadas para llevar adelante esas responsabilidades las ha llevado a especializarse en esas tareas, incluso en el ámbito laboral.
Estudios internacionales revelan que los trabajadores del cuidado tienen bajos niveles salariales y peores condiciones laborales en comparación con otros trabajadores, lo que se ha atribuido al contenido de sus ocupaciones, a los fines altruistas de este tipo de tareas, a la disposición de los cuidadores a percibir menores salarios y a las características del mercado laboral actual, el cual, por ejemplo, presenta una creciente oferta de empleo de trabajadores migrantes en el sector.

¿Cómo evalúa la situación en la Argentina en la materia?

En Argentina, el 86% de los trabajadores del cuidado son mujeres y una tercera parte de las mujeres trabajadoras lo hace en ocupaciones del cuidado, siendo aproximadamente la mitad de ellas maestras, profesoras, médicas y enfermeras, mientras la otra mitad son trabajadoras de casas particulares.
Existe una amplia brecha en las condiciones laborales de las trabajadoras del cuidado, de acuerdo con sus cualificaciones individuales, las características de las poblaciones a las que brindan cuidados, el ámbito laboral donde se desempeñan, las diferentes normativas que regulan su relación laboral y el reconocimiento social y económico de su labor.
Para ejemplificar, basta consignar que las docentes de nivel inicial son mujeres jóvenes e instruidas, en el 64% de los casos tienen al Estado como empleador, la organización diaria de su trabajo está claramente fijada, la mayoría están registradas y tienen un alto nivel de sindicalización y tienen garantizado su derecho a cuidar a los miembros de sus familias. En contraposición, más de un millón de mujeres se desempeñan en el sector doméstico remunerado, pertenecen a los sectores más pobres de la población, sus tareas son muy abarcativas y disímiles –incluyen los quehaceres del hogar y también las labores cotidianas en pos del cuidado físico, intelectual y emocional de los miembros del grupo familiar-, trabajan dentro de un hogar y tienen por empleador una o varias familias, se encuentran al pie de la escala salarial y, pese a que se avanzó profundamente en la regulación laboral de sus trabajos, aproximadamente el 80% de las empleadas del hogar no están registradas.

¿Qué normativas o regulaciones deberían sancionarse para promover condiciones de trabajo decente entre los trabajadores y trabajadoras del cuidado?

El desplazamiento de los cuidados desde el ámbito privado de las familias a la esfera pública de las políticas debe servir para resolver el problema de la crisis de los cuidados sin menoscabar su calidad. Con este propósito, es recomendable definir y reglamentar el rol de los trabajadores del cuidado y acotar sus tareas y responsabilidades, como en el caso de los trabajadores de las áreas de educación y salud.
También es necesario continuar mejorando el marco normativo que rige sus ocupaciones, tal como se hizo con la sanción del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Ley N° 26.844). En particular, será necesario prestar atención a la compleja regulación de los trabajadores del cuidado en las organizaciones sociales y comunitarias, y diferenciar el trabajo voluntario del trabajo de cuidado. Se requiere analizar las posibilidades de incrementar el aporte del Estado para mejorar sus condiciones laborales, incentivar su formación continua e implementar un sistema de certificación de competencias para acreditar el conocimiento de las tareas de cuidado, como mecanismo de profesionalización y promoción social de las tareas.
Asimismo, se deben mantener los esfuerzos para alcanzar la registración de los trabajadores del cuidado y equiparar sus derechos laborales a los del resto de los asalariados, incluidos la protección de la maternidad y las garantías sobre los cuidados de sus propias familias.
 

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