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El mercado laboral en los medios
En el último trimestre del año siguen presentes en los medios de
comunicación principalmente las problemáticas del poder adquisitivo de los
salarios y del nivel de empleo. Atado a la evolución del nivel de inflación,
el primero fue parte de la agenda desde principios de año durante las
paritarias de los diferentes sectores y luego con los reclamos por el bono
de fin de año y por la actualización del impuesto a las ganancias. En este
último aspecto finalmente el Gobierno Nacional accedió a eximir de este
tributo al medio aguinaldo correspondiente a los salarios de hasta 35 mil
pesos brutos. En cuanto al nivel de empleo, la preocupación por el deterioro
de los indicadores del mercado laboral estuvo en aumento a lo largo del año,
a medida que el deterioro de la actividad económica empezó a impactar de
forma negativa en la generación de puestos de trabajo.
En paralelo, con la difusión de los últimos indicadores laborales otro tema
se instaló en los medios de comunicación: la inquietud, cada vez mayor, por
la calidad de las estadísticas oficiales del mercado de trabajo publicadas
por el INDEC, con serios cuestionamientos a la validez de la información
difundida. En particular, se llama la atención sobre la caída en la tasa de
actividad en un contexto de disminución del nivel de empleo y de caída del
poder adquisitivo de los salarios (lo que impulsaría a una mayor cantidad de
miembros del hogar a buscar empleo). De este modo, estimaciones alternativas
dan como resultado una tasa de desempleo que sería mayor a la publicada de
manera oficial. |
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TEMA DE ANÁLISIS |
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Los trabajadores del sector del cuidado
La Recomendación 202 de la Conferencia Internacional del Trabajo
sobre pisos de protección social incluye a los servicios
sociales de cuidados para personas que los requieren, ya sea por
su edad, incapacidad o estado de salud. Esta incorporación de
los derechos de cuidado dentro del sistema de protección social
implica una reformulación del rol del Estado de modo tal de
generar el marco que permita tanto un acceso equitativo a los
servicios de cuidado como una oferta de servicios de calidad.
En relación al mundo laboral, esta recomendación implica poner
foco en las condiciones en las que los trabajadores de este
sector desempeñan sus tareas. Caracterizado por la alta
participación femenina, la provisión de estos servicios se
encuentra comprendida por diferentes actividades, oficios y
profesiones, entre las que se encuentran docentes del nivel
inicial, trabajadoras de casas particulares, cuidadores
domiciliarios y trabajadores del cuidado en organizaciones
sociales y comunitarias. Esta multiplicidad de puestos de
trabajo hacen de este sector un conjunto heterogéneo, en donde
se encuentra tanto trabajo voluntario como remunerado,
registrado y no registrado (principalmente en la esfera
doméstica) y una gran amplitud de escalas salariales. Estos
rasgos implican un desafío adicional en la agenda de reformas
pendientes del sector.
Por otra parte, la capacidad del cuidado a nivel familiar se
encuentra afectada por el poder adquisitivo, donde las familias
de mayores ingresos pueden contratar los servicios en el mercado
mientras que las de menores recursos deben recurrir a los
cuidados por algún miembro del hogar, que usualmente debe salir
o disminuir el tiempo dedicado al mercado laboral, perjudicando
así aún más la posibilidad de generación de ingresos. Los
servicios de cuidado pasan a formar parte entonces del trabajo
no remunerado, y también son llevados a cabo en mayor medida por
las mujeres. Según la “Encuesta sobre trabajo no remunerado y
uso del tiempo” -llevada a cabo por el INDEC para el tercer
trimestre de 2013- la tasa de participación en estas actividades
es de 24,3% y el tiempo promedio dedicado es de 5,3 horas
diarias, siendo estos indicadores mayores para las mujeres
(31,1% y 6 horas diarias respectivamente).
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Tasa de participación en actividades de cuidado de
personas y tiempo promedio dedicado
Fuente: “Encuesta sobre trabajo no remunerado y uso del tiempo”,
INDEC
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Carina Lupica
Directora ejecutiva del Observatorio de la
Maternidad y consultora de la OIT
Autora del
Documento de Trabajo N° 5 de la OIT
Argentina: “Recibir y brindar cuidados en
condiciones de equidad: desafíos de la
protección social y las políticas de empleo en
Argentina” |
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¿Cuáles son los vínculos entre las políticas del cuidado
y el mercado laboral?
El acto de cuidar se considera un trabajo porque implica
tiempo, conocimientos, recursos y desgaste de energía y
porque genera valor para quienes se benefician de él en
forma directa y también para la sociedad. El trabajo del
cuidado es realizado en distintos ámbitos y por personas
diferentes. Puede ser desarrollado en la esfera
doméstica, dentro de la propia familia, pero también
incluye el trabajo que se ejerce en la esfera no
doméstica, donde operan el Estado, las empresas y las
organizaciones de la sociedad civil. Los roles y
responsabilidades de los distintos actores
intervinientes se superponen e interconectan en la
compleja organización social de los cuidados.
En la actualidad, los modos tradicionales de atender las
necesidades de cuidado están en crisis como producto del
mayor número de personas que los requieren y, al mismo
tiempo, debido a la menor proporción de personas en
condiciones de proveerlos, ante la creciente
incorporación de las mujeres en el mercado de trabajo.
Siguiendo las recomendaciones de la OIT, se propone
incorporar a los cuidados en los sistema de protección
social, lo que significa garantizar al conjunto de la
población regulaciones y permisos laborales para que
quienes trabajan de forma remunerada puedan cuidar a sus
familias, transferencias monetarias para ayudar
económicamente a las familias de las personas que
requieren cuidados y servicios de atención directa de
los cuidados.
La ampliación y creación de nuevos servicios de cuidado
representan una oportunidad importante para formalizar
empleos ya existentes y para generar nuevos puestos de
trabajo, ya que se trata de tareas intensivas en mano de
obra. En ese sentido, el Estado debe adoptar una actitud
activa en relación con la protección y promoción de las
condiciones de trabajo de quienes se desempeñan en la
amplia gama de los cuidados. Se trata de revalorizar el
rol de los trabajadores del cuidado, fomentar
condiciones de trabajo decente, impulsar formas de
trabajo que sean profesionales y estén dignamente
retribuidas, lo que representa, además, una forma de
incentivar la calidad de los cuidados que reciben las
personas que los requieren o demandan.
¿Qué particularidades presenta el empleo en el
sector del cuidado?
Los trabajadores del cuidado son personas cuya ocupación
conlleva la prestación de un servicio de contacto
personal que mejora las capacidades humanas de quienes
lo reciben. Es decir que son aquellos trabajadores que
desempeñan actividades que contribuyen a la salud, la
seguridad física, el desarrollo de habilidades
cognitivas, físicas o emocionales de las personas,
interactuando directamente con los receptores del
servicio.
Las mujeres están sobrerrepresentadas en los oficios y
profesiones que implican el cuidado de terceros. La
persistencia de la creencia de que ellas están mejor
dotadas para llevar adelante esas responsabilidades las
ha llevado a especializarse en esas tareas, incluso en
el ámbito laboral.
Estudios internacionales revelan que los trabajadores
del cuidado tienen bajos niveles salariales y peores
condiciones laborales en comparación con otros
trabajadores, lo que se ha atribuido al contenido de sus
ocupaciones, a los fines altruistas de este tipo de
tareas, a la disposición de los cuidadores a percibir
menores salarios y a las características del mercado
laboral actual, el cual, por ejemplo, presenta una
creciente oferta de empleo de trabajadores migrantes en
el sector.
¿Cómo evalúa la situación en la Argentina en la
materia?
En Argentina, el 86% de los trabajadores del cuidado son
mujeres y una tercera parte de las mujeres trabajadoras
lo hace en ocupaciones del cuidado, siendo
aproximadamente la mitad de ellas maestras, profesoras,
médicas y enfermeras, mientras la otra mitad son
trabajadoras de casas particulares.
Existe una amplia brecha en las condiciones laborales de
las trabajadoras del cuidado, de acuerdo con sus
cualificaciones individuales, las características de las
poblaciones a las que brindan cuidados, el ámbito
laboral donde se desempeñan, las diferentes normativas
que regulan su relación laboral y el reconocimiento
social y económico de su labor.
Para ejemplificar, basta consignar que las docentes de
nivel inicial son mujeres jóvenes e instruidas, en el
64% de los casos tienen al Estado como empleador, la
organización diaria de su trabajo está claramente
fijada, la mayoría están registradas y tienen un alto
nivel de sindicalización y tienen garantizado su derecho
a cuidar a los miembros de sus familias. En
contraposición, más de un millón de mujeres se
desempeñan en el sector doméstico remunerado, pertenecen
a los sectores más pobres de la población, sus tareas
son muy abarcativas y disímiles –incluyen los quehaceres
del hogar y también las labores cotidianas en pos del
cuidado físico, intelectual y emocional de los miembros
del grupo familiar-, trabajan dentro de un hogar y
tienen por empleador una o varias familias, se
encuentran al pie de la escala salarial y, pese a que se
avanzó profundamente en la regulación laboral de sus
trabajos, aproximadamente el 80% de las empleadas del
hogar no están registradas.
¿Qué normativas o regulaciones deberían
sancionarse para promover condiciones de trabajo decente
entre los trabajadores y trabajadoras del cuidado?
El desplazamiento de los cuidados desde el ámbito
privado de las familias a la esfera pública de las
políticas debe servir para resolver el problema de la
crisis de los cuidados sin menoscabar su calidad. Con
este propósito, es recomendable definir y reglamentar el
rol de los trabajadores del cuidado y acotar sus tareas
y responsabilidades, como en el caso de los trabajadores
de las áreas de educación y salud.
También es necesario continuar mejorando el marco
normativo que rige sus ocupaciones, tal como se hizo con
la sanción del Régimen Especial de Contrato de Trabajo
para el Personal de Casas Particulares (Ley N° 26.844).
En particular, será necesario prestar atención a la
compleja regulación de los trabajadores del cuidado en
las organizaciones sociales y comunitarias, y
diferenciar el trabajo voluntario del trabajo de
cuidado. Se requiere analizar las posibilidades de
incrementar el aporte del Estado para mejorar sus
condiciones laborales, incentivar su formación continua
e implementar un sistema de certificación de
competencias para acreditar el conocimiento de las
tareas de cuidado, como mecanismo de profesionalización
y promoción social de las tareas.
Asimismo, se deben mantener los esfuerzos para alcanzar
la registración de los trabajadores del cuidado y
equiparar sus derechos laborales a los del resto de los
asalariados, incluidos la protección de la maternidad y
las garantías sobre los cuidados de sus propias
familias. |
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